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Blog SEPRICO · Artículo · 7 min de lectura

Equipo SEPRICO · Documentación operativa

Protocolos y Consultoría Cuánto cuesta la vigilancia en un condominio de Hidalgo, y qué referencia pública existe para contrastarla

Fianza de 3,000 UMA, piso salarial único en los 84 municipios y una tarifa oficial publicada: cómo reconstruir el costo de un puesto en Hidalgo.

Sobre este artículo

Este artículo es parte de la documentación abierta de SEPRICO — empresa de seguridad privada para condominios y residenciales en CDMX y Estado de México desde el año 2000. Cada publicación nace de un caso real atendido por nuestro equipo operativo, no de contenido genérico de marketing.

Lectura aproximada: 7 minutos · 5 temas cubiertos. Si trabajas en un comité vecinal o administración profesional, este material está pensado para ti.

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Recorrido de vigilancia por el interior de un desarrollo habitacional
Protocolos y Consultoría · Cuánto cuesta la vigilancia en un condominio de Hidalgo, y qué referencia pública existe para contrastarla
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Permiso SSPC ISO 9001:2015 Personal certificado EC0060
#costos #hidalgo #salario-minimo #fianza #cotizacion

El artículo 20 de la Ley de Seguridad Privada para el Estado de Hidalgo obliga a algo que ninguna cotización menciona y que todas las cotizaciones pagan: dentro de los tres días siguientes al requerimiento de la Secretaría, el prestador debe exhibir póliza de fianza a favor de la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado por un monto equivalente a tres mil veces el salario mínimo general vigente en el Estado, con vigencia no menor a doce meses contados desde la autorización o la revalidación. El artículo 22 redacta la leyenda que esa póliza debe contener, y prohíbe cancelarla sin autorización previa de la beneficiaria.

Esa fianza no es un adorno regulatorio. Es el primer renglón de una estructura de costo que el condominio termina financiando a través de la tarifa, y es también la primera cifra que permite distinguir a un proveedor autorizado de uno que simplemente cobra menos.

Lo que la fianza cuesta y de qué responde

La ley dice salario mínimo, pero se escribió antes de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial el 27 de enero de 2016, cuyo artículo tercero transitorio ordenó que todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia —en leyes federales, estatales o cualquier disposición que emane de ellas— se entiendan referidas a la Unidad de Medida y Actualización.

La diferencia no es menor:

LecturaCálculoMonto garantizado
Referencia leída en UMA (criterio vigente)3,000 × $117.31$351,930
Referencia leída como salario mínimo general3,000 × $315.04$945,120

El valor de UMA usado aquí, $117.31 diarios, es el que el propio Gobierno del Estado publica en la ficha de tarifas de sus servicios de seguridad a partir de febrero de 2026. Bajo esa misma lectura, el rango de multas del artículo 73 —de diez a tres mil días— va de unos $1,173 a $351,930.

De qué responde la póliza lo dice el artículo 22 en su propia leyenda: del pago de sanciones y de la reparación del daño causado al prestatario. El prestatario es el condominio. Y el artículo 77 cierra el mecanismo: si el prestador no cumple las resoluciones que le imponen sanciones, o no resarce los daños a que fue condenado, la fianza se hace efectiva destinando prioritariamente los recursos al pago de esos daños y perjuicios. El artículo 21 obliga a reponer el monto en tres días hábiles, y advierte que no hacerlo revoca la autorización.

Traducido: en Hidalgo, un proveedor sin fianza vigente no solo está irregular, sino que deja al condominio sin la única garantía patrimonial que la ley diseñó para él.

Un piso salarial único en los 84 municipios

Aquí no hay dos aritméticas de nómina. Ninguno de los 84 municipios hidalguenses está en la Zona Libre de la Frontera Norte, que se integra con 45 municipios y se define por municipio, no por entidad. En todo el territorio rige el mínimo general de $315.04 diarios, equivalentes a $9,582.47 mensuales.

Eso simplifica la aritmética y desplaza la discusión a otro lado: en Hidalgo, dos cotizaciones distintas para dos plazas del mismo estado no se explican por el piso legal, sino por disponibilidad de personal, distancia de supervisión y costo de traslado. Un puesto en Huejutla y uno en Tepeji del Río parten del mismo mínimo y no cuestan lo mismo, y el proveedor debe poder decir por qué.

Los elementos que sostienen una posición. Con la jornada de 48 horas semanales vigente en 2026, una posición cubierta las veinticuatro horas los siete días requiere aproximadamente 3.5 elementos, contando descansos, vacaciones, incapacidades y relevos. La reforma que baja la jornada entra en vigor el 1 de enero de 2027 con 46 horas y llega a 40 en 2030, momento en el que el factor se acerca a 4.2. Una posición de doce horas los siete días sale de la misma división: 84 horas semanales entre 48 dan 1.75 elementos; si es de lunes a sábado, 72 entre 48 dan 1.5.

Sobre esa base, el salario nominal mínimo mensual de una posición continua en Hidalgo es de $33,538.65 (3.5 × $9,582.47). Encima se apilan cuotas patronales de IMSS e INFONAVIT, prima vacacional, aguinaldo, impuesto sobre nómina, uniforme, equipo, supervisión, reemplazos y margen. Y los conceptos que la Ley estatal añade: fianza, derechos de trámite, Cédulas de Registro del personal, evaluaciones de control de confianza y capacitación con el Instituto de Formación Profesional.

Un recordatorio que no deja de hacer falta: los promedios de sueldo de guardia que publican los portales de empleo suelen quedar por debajo del mínimo legal, y por lo tanto no sirven ni como referencia de mercado ni como argumento de negociación.

Una referencia pública de precio que sí se puede citar

Hidalgo tiene algo poco común: un precio oficial y publicado para un puesto de vigilancia. La Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo, organismo del propio Gobierno del Estado, publica su tarifa en el Registro Único de Trámites y Servicios, con homoclave SSP/PIBEH/SSP/PIBEH/02 y actualización de agosto de 2026:

ServicioCosto mensualEquivalente
Elemento 12 × 12 horas, lunes a sábado$25,322.54215.86 UMA
Elemento 12 × 12 horas, lunes a domingo$28,899.32246.35 UMA
Custodio 24 × 24 horas$49,047.31418.10 UMA

Los importes causan IVA, son mensuales y varían según las características del servicio. La ficha señala que el valor de UMA aplicado es de $117.31 a partir de febrero de 2026.

Esa tabla no es una tarifa de mercado privado y no debe presentarse como tal ante una asamblea: es el precio de un servicio prestado por una corporación pública, con estructura de costo propia. Lo que sí permite es calibrar el orden de magnitud. Una posición de doce horas los siete días, que requiere alrededor de 1.75 elementos, parte de un salario nominal mínimo cercano a $16,769 mensuales; la tarifa pública para ese mismo esquema es de $28,899.32 antes de impuestos. El factor entre uno y otro ronda 1.7.

Cuando una propuesta privada llega muy por debajo de ese orden de magnitud, la pregunta no es si el proveedor es más eficiente. La pregunta es qué renglón se recortó: el número de elementos que sostienen la posición, la base de cotización ante el IMSS, la fianza, la capacitación o la supervisión. Todos esos recortes se ven en el servicio antes de verse en un tribunal.

Los derechos del trámite, y el descuento que revela una regla

La ficha del trámite de autorización, con homoclave SSP/SSP/10, publica dos precios distintos para el mismo permiso:

  • 97.5 UMA ($11,031 en el importe publicado) para empresas que ya cuentan con autorización federal.
  • 234 UMA ($26,475) para empresas que no la tienen.

Ese diferencial no es un incentivo comercial: es la traducción presupuestal de que Hidalgo ya cuenta con que una parte de sus prestadores llega con permiso federal encima, porque opera en más de una entidad. Si la cotización que estás revisando viene de un proveedor que factura desde fuera del estado, ese dato deja de ser anecdótico.

Checklist antes de comparar dos propuestas

Seis casillas que vuelven comparables dos cotizaciones que llegaron en formatos distintos.

  • Factor de cobertura declarado. ¿La propuesta dice cuántos elementos sostienen la posición, o solo cuántos están presentes? 3.5 para 24 × 7; 1.75 para 12 × 7; 1.5 para 12 × 6.
  • Base de cotización ante el IMSS. Pedir el formato SUA o la tarjeta de identificación patronal con la inscripción de los trabajadores, que es documento del propio trámite estatal de autorización.
  • Fianza vigente con la leyenda del artículo 22. Copia de la póliza, con fecha de vigencia que cubra los doce meses del permiso.
  • Modalidad autorizada expresa. Vigilancia y protección de bienes, fracción II del artículo 9. Si la propuesta incluye traslado de valores o protección personal, son modalidades distintas y deben estar en la autorización.
  • Costo de las Cédulas de Registro y de las evaluaciones de control de confianza. Se pagan por elemento y se repiten con la rotación; conviene saber si están dentro de la tarifa o se facturan aparte.
  • Qué pasa con la tarifa en enero de 2027. La jornada baja a 46 horas: preguntar por escrito cómo se ajusta el factor de cobertura y quién absorbe la diferencia durante la vigencia del contrato.

El detalle del régimen que aplica a un proveedor que opera en más de una entidad está en la guía de esquemas multisede y doble autorización en Hidalgo; el marco regulatorio completo, en la guía estatal; y la aritmética de turnos, en la guía de cuántos guardias necesita un condominio.

Ese último punto de la lista merece un contrato, no una conversación. La instrucción concreta es esta: antes de firmar, pide a cada proponente que entregue la misma cotización desglosada en dos escenarios, con jornada de 48 horas y con jornada de 46 horas, y que fije por escrito si el ajuste se aplica automáticamente o requiere renegociación. La propuesta que no pueda producir ese segundo escenario en menos de una semana está diciendo algo útil sobre cómo construyó el primero.

Sobre el autor
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SEPRICO (Origins Private Security) opera desde el año 2000 como empresa especializada en seguridad privada para condominios, fraccionamientos y residenciales en CDMX y Estado de México. Esta publicación es parte de nuestra documentación abierta para comités administrativos, presidentes vecinales y administradores profesionales que requieren criterios técnicos, no recomendaciones genéricas.

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  • Personal certificado en el estándar EC0060 (CONOCER)
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