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Blog SEPRICO · Artículo · 8 min de lectura

Equipo SEPRICO · Documentación operativa

Protocolos y Consultoría Cuánto Cuesta un Puesto de Vigilancia en Chihuahua: la Misma Empresa, Dos Aritméticas

El costo de la vigilancia en Chihuahua se parte por municipio: $440.87 diarios en Juárez, $315.04 en la capital. La aritmética completa de un puesto 24/7.

Sobre este artículo

Este artículo es parte de la documentación abierta de SEPRICO — empresa de seguridad privada para condominios y residenciales en CDMX y Estado de México desde el año 2000. Cada publicación nace de un caso real atendido por nuestro equipo operativo, no de contenido genérico de marketing.

Lectura aproximada: 8 minutos · 5 temas cubiertos. Si trabajas en un comité vecinal o administración profesional, este material está pensado para ti.

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Protocolos y Consultoría · Cuánto Cuesta un Puesto de Vigilancia en Chihuahua: la Misma Empresa, Dos Aritméticas
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Si tienes sobre la mesa una cotización de un mismo proveedor para dos condominios del mismo estado —uno en Ciudad Juárez, otro en la capital— y el precio por hora es el mismo, la propuesta contiene un error. No de criterio comercial: un error de aritmética legal. Los dos puestos arrancan de pisos salariales distintos fijados por el Diario Oficial de la Federación, y esa diferencia no se absorbe con eficiencia operativa.

Dónde está la línea, exactamente

La resolución de la CONASAMI publicada el 9 de diciembre de 2025 fija dos áreas geográficas para 2026. En la Zona Libre de la Frontera Norte el mínimo general es de $440.87 diarios, que la propia resolución expresa como $13,409.80 mensuales. En el resto del país es de $315.04 diarios, es decir $9,582.47 mensuales.

De los 67 municipios de Chihuahua, ocho están en la zona: Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides. Los otros cincuenta y nueve no, y entre ellos está la ciudad de Chihuahua, capital del estado y segundo mercado residencial de la entidad.

Conviene fijar dos cosas antes de hacer cuentas. La zona se define por municipio, no por cercanía a la línea fronteriza ni por percepción de “zona norte”: un condominio en Nuevo Casas Grandes, a menos de doscientos kilómetros de la frontera, está del lado general. Y el mínimo es un piso, no un tabulador: el proveedor puede pagar más, nunca menos, y el promedio que arrojan los buscadores de vacantes para este puesto suele quedar por debajo del mínimo legal, de modo que no sirve como referencia de mercado ni como argumento de negociación.

La cuenta del puesto continuo, hecha completa

Un puesto cubierto las veinticuatro horas los siete días de la semana consume 168 horas semanales. Con la jornada de 48 horas vigente, cubrirlo requiere 3.5 elementos: no tres, porque tres no alcanzan a cubrir las 168 horas sin trabajar por encima del máximo legal, y la media plaza restante es descanso, vacaciones, incapacidades y relevos.

Con ese factor, el salario nominal mínimo de un puesto continuo en Ciudad Juárez es de 3.5 × $13,409.80 = $46,934.30 mensuales. El mismo puesto en la ciudad de Chihuahua es de 3.5 × $9,582.47 = $33,538.65 mensuales. La diferencia es de $13,395.65 al mes, o $160,747.80 al año, únicamente en salario nominal y antes de tocar una sola prestación.

Y las prestaciones no achican esa brecha: la ensanchan, porque casi todas se calculan sobre el mismo salario base. El aguinaldo de quince días vale $6,613.05 por elemento al año en Juárez y $4,725.60 en la capital; multiplicado por 3.5 elementos, son $23,145.68 contra $16,539.60, otros $6,606.08 anuales de diferencia. La prima vacacional del 25% sobre los doce días del primer año agrega $1,322.61 por elemento en Juárez frente a $945.12 en la capital. Las cuotas patronales del IMSS y el 5% de INFONAVIT se calculan sobre el salario base de cotización, así que crecen en la misma proporción de 1.40 que separa a los dos pisos.

Dicho de la forma más útil para una asamblea: cada peso de costo laboral legalmente proporcional al salario es cuarenta por ciento más caro en Juárez que en la capital, para el mismo servicio, el mismo proveedor y el mismo turno. Un puesto continuo en Juárez cuesta, solo en nómina y prestaciones legales, del orden de doscientos mil pesos anuales más que su gemelo en la capital.

Sobre esa base se monta el resto de la tarifa, que no es opcional ni negociable en su estructura: uniformes y equipo, supervisión, reemplazos, administración, la utilidad del proveedor y el IVA. Todo lo que se cotiza como porcentaje del costo laboral hereda la misma brecha del cuarenta por ciento.

Lo que la reforma de jornada le hace a esa cuenta

El factor de 3.5 elementos no es permanente. La reducción gradual de la jornada semanal empieza a aplicarse el 1 de enero de 2027 y termina en 40 horas en 2030. Cubrir 168 horas con jornada de 46 horas exige 3.65 elementos; con 44 horas, 3.82; con 42 horas, 4.0; con 40 horas, 4.2.

Traducido a la aritmética de arriba y suponiendo que los pisos salariales no se muevan —que sí se moverán—, el puesto continuo de Juárez pasaría de 3.5 × $13,409.80 a 4.2 × $13,409.80, es decir de $46,934.30 a $56,321.16 mensuales: un aumento del veinte por ciento en el renglón de nómina sin que nadie haya subido un sueldo. En la capital el mismo salto va de $33,538.65 a $40,246.37.

Ese es el número que conviene tener presente al firmar un contrato multianual, y el que conviene pedirle explícito a un proveedor que ofrece “precio fijo a tres años”. El tratamiento del esquema 12x12 dentro de la nueva jornada sigue abierto y no lo damos por resuelto en ningún sentido; lo que sí está resuelto es la aritmética de cobertura, y esa ya se puede presupuestar. El detalle de cómo se arma la plantilla está en el cálculo de cuántos guardias necesita un condominio según sus turnos.

Los costos que no son nómina y también se parten por plaza

Hay tres renglones que separan las dos plazas por razones distintas del salario mínimo, y que explican por qué un proveedor honesto no puede igualar precios aunque quiera.

El primero es la rotación. En Juárez la seguridad privada compite por personal operativo con la industria manufacturera de exportación, que en diciembre de 2025 ocupaba en Chihuahua al 12.3% del personal IMMEX del país —segundo lugar nacional, del orden de trescientas ochenta y ocho mil personas en el estado—, con turnos y prestaciones que el sector tiene difícil igualar. Más rotación significa más veces al año pagando lo que cuesta dar de alta a un elemento en Chihuahua: certificado de antecedentes penales, examen médico y toxicológico con antigüedad no mayor a seis meses (artículo 46 de la Ley de Seguridad Privada), trámite y derechos de la Cédula de Identificación del Personal Operativo, y la capacitación previa que el mismo artículo exige acreditar antes de asignarlo. Ese costo unitario se multiplica por la rotación, y la rotación no es igual en las dos plazas.

El segundo tiene fecha de vencimiento incorporada. El artículo 45 de la ley fija que la Cédula tiene vigencia hasta el cierre del ejercicio fiscal, sea cual sea el mes en que se expidió. Un elemento contratado en octubre genera un pago de derechos que sirve tres meses y se vuelve a pagar en enero. En una operación de alta rotación eso no es un detalle administrativo: es un renglón recurrente.

El tercero es la supervisión, y aquí la geografía cobra. Entre Ciudad Juárez y la ciudad de Chihuahua hay poco menos de cuatrocientos kilómetros de carretera. Un proveedor domiciliado en una plaza que atiende puestos en la otra no puede ofrecer la misma frecuencia de supervisión presencial sin cargarla al precio, y el padrón estatal muestra que ese cruce es común: de las 245 empresas autorizadas en seguridad y protección de bienes en la consulta de agosto de 2026, 90 tienen teléfono de Juárez, 70 de la capital y el resto son foráneas. Cuando una propuesta promete rondines de supervisión semanales, vale la pena preguntar desde dónde salen.

A eso se suma, solo en Juárez, la capa municipal: el reglamento municipal de 2004 exige cédula de registro personal expedida por la dirección municipal para cada elemento —además de la estatal—, con varios de sus requisitos renovables cada año, y pago anual de derechos de la autorización de funcionamiento conforme a la Ley de Ingresos del Municipio. Son dos trámites por elemento en una plaza y uno en la otra.

Lo que no hay que hacer con esta aritmética

Aquí conviene una advertencia, porque estas cuentas se usan mal con frecuencia y el daño es real.

No uses el mínimo como objetivo. Todo lo anterior calcula un piso legal, y un piso describe lo que sería ilegal pagar, no lo que hace falta pagar para retener a alguien. Una propuesta armada exactamente sobre $13,409.80 en Ciudad Juárez está asumiendo, implícitamente, que su personal no se va a ir a la maquila; en la plaza donde eso es exactamente lo que pasa, la cotización más barata suele ser la que te va a rotar el puesto tres veces en un año, con el costo oculto de que cada elemento nuevo tarda semanas en conocer a los residentes, los vehículos y las rutinas del conjunto. El ahorro aparece en la propuesta y desaparece en la operación.

No uses estas cifras como tarifa. Todo lo anterior es costo laboral, no precio de venta. No hemos incluido uniformes, equipo, radiocomunicación, supervisión, administración, utilidad ni IVA, y no publicamos tarifas de mercado para Chihuahua porque no operamos vigilancia en el estado: nuestra operación con personal propio es Ciudad de México y Estado de México. Para comparar propuestas entre sí hacen falta otras herramientas: los criterios técnicos de evaluación de proveedores, el expediente mínimo de seguridad y, para ver cómo resuelven esto otras entidades, el comparador estatal. Lo que la aritmética de arriba sí permite es algo más modesto y más rápido: detectar la propuesta imposible. Si una cotización para un puesto continuo en Ciudad Juárez llega por debajo de los $46,934.30 mensuales de salario nominal mínimo, ya sabes que algo no cuadra antes de leer el resto.

Y no uses la brecha para exigir que Juárez baje. Es la advertencia que más falta hace, porque es la que suena razonable en una asamblea. La diferencia del cuarenta por ciento no es margen del proveedor: es ley federal, publicada en el Diario Oficial, idéntica para todas las empresas de la plaza. Presionar una tarifa de Juárez hacia niveles de la capital tiene solo tres salidas posibles, y las tres las paga el condominio: que el proveedor pague por debajo del mínimo, que reduzca la plantilla por debajo de los elementos que la cobertura exige, o que subcontrate a alguien que no tiene tu municipio en la carátula de su autorización. Ninguna de las tres se ve en la propuesta. Las tres se ven después, cuando ya hay un guardia en la caseta y un contrato firmado a nombre del condominio.


Fuentes: Resolución del H. Consejo de Representantes de la CONASAMI, D.O.F. 09-12-2025 (áreas geográficas y montos 2026); Ley de Seguridad Privada para el Estado de Chihuahua, P.O.E. 104 del 29-12-2012, últ. reforma 21-07-2018 (arts. 45, 46 y 59); Reglamento para las Empresas Privadas de Servicios de Seguridad y Vigilancia del Municipio de Ciudad Juárez, P.O.E. 40 del 19-05-2004 (arts. 13, 19 y 24); Ley Federal del Trabajo (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional); INEGI, Estadística del Programa IMMEX, boletín del 23-02-2026 con datos a diciembre de 2025; padrón Lista blanca de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, consultado en agosto de 2026. Los promedios de portales de empleo son referencia con fecha de consulta, no dato oficial.

Sobre el autor
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SEPRICO

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SEPRICO (Origins Private Security) opera desde el año 2000 como empresa especializada en seguridad privada para condominios, fraccionamientos y residenciales en CDMX y Estado de México. Esta publicación es parte de nuestra documentación abierta para comités administrativos, presidentes vecinales y administradores profesionales que requieren criterios técnicos, no recomendaciones genéricas.

  • Permiso SSPC vigente
  • ISO 9001:2015
  • Personal certificado en el estándar EC0060 (CONOCER)
  • Empresa registrada desde el año 2000
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