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Blog SEPRICO · Artículo · 6 min de lectura

Equipo SEPRICO · Documentación operativa

Protocolos y Consultoría Costo de seguridad privada en condominios de Guerrero: nómina mínima de un puesto continuo

Desglose verificable de la nómina mínima para un puesto 24/7 en Guerrero: salario, prestaciones, Infonavit y límites de la fianza.

Sobre este artículo

Este artículo es parte de la documentación abierta de SEPRICO — empresa de seguridad privada para condominios y residenciales en CDMX y Estado de México desde el año 2000. Cada publicación nace de un caso real atendido por nuestro equipo operativo, no de contenido genérico de marketing.

Lectura aproximada: 6 minutos · 5 temas cubiertos. Si trabajas en un comité vecinal o administración profesional, este material está pensado para ti.

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Tres elementos de seguridad privada realizan un rondín con radio y tableta en el andador de un condominio al atardecer
Protocolos y Consultoría · Costo de seguridad privada en condominios de Guerrero: nómina mínima de un puesto continuo
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Equipo SEPRICO Origins Private Security · desde 2000
Permiso SSPC ISO 9001:2015 Personal certificado EC0060
#costos #guerrero #puesto-24-7 #nomina #prestaciones

La expresión “costo por guardia” suele confundir dos cálculos que no son equivalentes: el salario mínimo de una persona y la nómina que sostiene una caseta abierta las 24 horas, los 365 días. En Guerrero, el segundo empieza con 3.5 equivalentes de personal para cubrir 168 horas semanales con la jornada de 48 horas vigente en 2026. Con el mínimo legal, salario, aguinaldo, prima vacacional e Infonavit que sí se pueden calcular suman $36,952.24 mensuales. Ese subtotal no es una cotización terminada: deja fuera IMSS, suplencias adicionales, uniforme, equipo, supervisión y una fianza cuyo importe la Ley 850 no determina.

El salario aplicable es el de la zona general

La resolución de salarios mínimos de 2026 enumera los municipios de la Zona Libre de la Frontera Norte y ubica en la Zona del Salario Mínimo General al resto de los municipios del país. Guerrero no aparece en la lista fronteriza. Desde el 1 de enero de 2026, el piso aplicable es $315.04 por jornada diaria y $9,582.47 mensuales; este último resultado proviene de multiplicar el mínimo diario por 365 y dividir entre 12.

El importe es una base salarial individual, no una tarifa oficial de vigilancia. La misma resolución advierte que el incremento del salario mínimo no debe funcionar como referencia obligatoria para revisiones de otros salarios. Por ello, usarlo aquí sirve únicamente para hacer visible el mínimo legal y las operaciones que pueden derivarse de él; no permite inferir el precio comercial de una empresa.

La tabla separa el subtotal comprobable de los renglones sin cifra oficial

El decreto federal de reducción gradual de jornada conserva 48 horas semanales durante 2026. Sus escalones de 46, 44, 42 y 40 horas empiezan el 1 de enero de 2027, 2028, 2029 y 2030, respectivamente. Para el cálculo de hoy, entonces, 168 ÷ 48 = 3.5; no corresponde usar todavía el factor de 4.2 que resultará con 40 horas en 2030.

RenglónOperación visibleImporte mensualQué acredita o qué no acredita
Cobertura continua24 horas × 7 días = 168 horas semanalesHoras que la caseta debe cubrir cada semana
Dotación mínima por jornada vigente168 ÷ 48 = 3.5 equivalentes de personalCobertura exacta de horas ordinarias; no crea por sí sola una reserva para ausencias
Salario de tres equivalentes$9,582.47 × 3$28,747.41Parte identificable de la nómina mínima
Fracción que completa la dotación$9,582.47 × 0.5$4,791.24Puede organizarse como relevo; no supone que una sola persona trabaje “media plaza”
Salario nominal mínimo del puesto$28,747.41 + $4,791.24$33,538.65Nómina de 3.5 equivalentes antes de prestaciones y aportaciones
Aguinaldo mínimo provisionado$315.04 × 15 días × 3.5 ÷ 12$1,378.30Mínimo anual de 15 días, distribuido mensualmente
Prima vacacional mínima provisionada$315.04 × 12 días × 25% × 3.5 ÷ 12$275.66Prima mínima aplicable al periodo vacacional de quien ya cumplió un año de servicios
Aportación patronal Infonavit$330.58 de salario base integrado diario × 365 ÷ 12 × 3.5 × 5%$1,759.63La Ley fija el 5%; la base incorpora el aguinaldo y la prima vacacional mínimos mostrados arriba
Subtotal mensual con cifra legal verificable$33,538.65 + $1,378.30 + $275.66 + $1,759.63$36,952.24No es el precio final de la vigilancia
Cuotas IMSS, sustituciones por vacaciones, incapacidades, equipo y supervisiónLa fuente no fija una tasa o monto único para este puestoNo calculable con estos datosDeben identificarse por el proveedor, sin presentarlos como si fueran cero

Las vacaciones pagadas de al menos doce días después del primer año, la prima vacacional de por lo menos 25% y el aguinaldo de al menos quince días provienen de los artículos 76, 80 y 87 de la Ley Federal del Trabajo. El salario ordinario del cuadro ya remunera el tiempo de vacaciones; por eso no se duplica como un segundo salario. Lo que sí necesita presupuesto adicional es la persona que cubra el puesto mientras alguien descansa, toma vacaciones, se incapacita o falta. La división 168 ÷ 48 no deja una bolsa de horas para esos hechos.

La aportación Infonavit sí tiene porcentaje legal: el artículo 29, fracción II, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ordena 5% sobre el salario de las personas trabajadoras y remite a la Ley del Seguro Social para integrar su base. El factor diario de $330.58 parte de $315.04 más $315.04 × (15 + 12 × 25%) ÷ 365. Se muestra para que la fórmula sea auditable, no para sustituir el cálculo de nómina del empleador.

IMSS y los relevos no admiten un porcentaje de relleno

La Ley del Seguro Social obliga a la persona empleadora a registrar e inscribir a su personal, comunicar modificaciones salariales y determinar y enterar cuotas (artículo 15). El importe de esas cuotas no puede deducirse de una sola tasa aplicable a todos los proveedores: depende, entre otros datos, del salario base de cotización y de la clasificación y prima de riesgo. Es más exacto dejarlo sin cifra que agregar un “porcentaje de cargas” sin la base que la Ley exige.

Tampoco hay un monto federal único para uniformes, radios, bitácoras, supervisor, traslados o sustituciones. La afiliación del centro de trabajo al INFONACOT es una obligación patronal prevista en la Ley Federal del Trabajo, pero no convierte por sí misma esos renglones en una cuota mensual uniforme para el condominio. Una propuesta revisable debe indicar cuánto personal adicional reserva para descansos y ausencias, qué equipo queda asignado a la caseta y cuáles de esas partidas ya están incluidas en su precio.

El artículo 13 de la Ley Número 850 de Seguridad Privada del Estado de Guerrero exige que, en la revalidación de enero, el prestador actualice su póliza de fianza conforme al valor de la UMA. La publicación de UMA 2026 fija $117.31 diarios desde el 1 de febrero de 2026. Sin embargo, la Ley 850 no publica un importe de fianza, múltiplo de UMA, fórmula, beneficiaria ni prima de póliza; $117.31 es el valor de la UMA, no el costo de la garantía.

El artículo 35 regula la inscripción de prestadores con autorización federal y la revisión de documentos de su personal; no establece el monto de la fianza. A su vez, el artículo 71 alude a una póliza “a que se refiere el artículo 24”, aunque ese artículo trata los requisitos posteriores a una revalidación procedente. Esas referencias no permiten completar una cantidad por inferencia. Si el proveedor incluye una fianza dentro de su presupuesto, el condominio necesita pedir el importe vigente, póliza, vigencia y método de asignación directamente al proveedor y, si persiste la duda, confirmación escrita de la Secretaría.

El acta de presupuesto debe dejar claro qué cifra se aprobó

El hub regulatorio de Guerrero concentra la autorización estatal, el refrendo y la inconsistencia documental que existe alrededor de la fianza. Al revisar una propuesta, esa evidencia debe corresponder con el mismo proveedor, la modalidad contratada y los municipios donde prestará el servicio.

SEPRICO no opera con guardias propios en Guerrero; su operación con personal propio se limita a Ciudad de México y Estado de México. Esta guía documenta un piso de nómina y cumplimiento para revisar propuestas de proveedores locales.

Antes de aprobar la cuota que financiará la vigilancia, conviene que el acta distinga el subtotal legal calculable de $36,952.24, las partidas que el proveedor debe desglosar y la fianza que debe acreditar sin inventar su monto. Dejar esas tres categorías separadas impide que una cifra de nómina se vote como si ya incluyera continuidad, obligaciones sociales y garantía estatal.

Fuentes oficiales: Resolución de salarios mínimos generales y profesionales 2026, DOF 09-12-2025; Decreto de reducción gradual de la jornada laboral, DOF 01-05-2026, transitorios primero a tercero; Unidad de Medida y Actualización 2026, DOF 09-01-2026; Ley Número 850 de Seguridad Privada del Estado de Guerrero, arts. 13, 24, 35 y 71; Ley Federal del Trabajo, arts. 76, 80, 87 y 132; Ley del Seguro Social, arts. 15 y 27; Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, art. 29.

Sobre el autor
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SEPRICO (Origins Private Security) opera desde el año 2000 como empresa especializada en seguridad privada para condominios, fraccionamientos y residenciales en CDMX y Estado de México. Esta publicación es parte de nuestra documentación abierta para comités administrativos, presidentes vecinales y administradores profesionales que requieren criterios técnicos, no recomendaciones genéricas.

  • Permiso SSPC vigente
  • ISO 9001:2015
  • Personal certificado en el estándar EC0060 (CONOCER)
  • Empresa registrada desde el año 2000
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