Un puesto de acceso que permanece abierto todos los días no genera solamente horas de vigilancia. En Zacatecas, la empresa que lo cubre debe sostener una plantilla, actualizar ante la Dirección los movimientos de su personal operativo y conservar evidencia de capacitación. Por eso una cotización útil separa lo que puede calcularse con normas federales —la nómina mínima de la cobertura continua— de los procesos estatales que son obligatorios, pero para los que la norma no publica una tarifa por condominio.
La jornada vigente dimensiona la nómina de un puesto continuo
El decreto de reducción gradual de la jornada laboral conserva el límite de 48 horas semanales durante 2026. Un acceso 24/7 suma 168 horas a la semana; al dividirlas entre ese límite, el resultado es 3.5 elementos equivalentes. Es una relación de horas ordinarias: no supone que una persona pueda trabajar una fracción informal de plaza ni crea una reserva para cubrir vacaciones, incapacidades o faltas.
La resolución de salarios mínimos para 2026 ubica a los municipios no enlistados en la Zona Libre de la Frontera Norte dentro de la Zona del Salario Mínimo General. Como explica el hub regulatorio de Zacatecas, la entidad queda en esa zona: el mínimo aplicable desde el 1 de enero de 2026 es $315.04 diarios o $9,582.47 mensuales. No es una tarifa oficial de vigilancia; permite identificar el piso salarial de una persona y las partidas que derivan de él.
| Concepto | Fórmula o monto | Resultado mensual |
|---|---|---|
| Cobertura continua | 24 horas × 7 días = 168 horas por semana | Base de cálculo |
| Dotación equivalente | 168 ÷ 48 horas semanales | 3.5 elementos equivalentes |
| Salario nominal mínimo | 3.5 × $9,582.47 | $33,538.65 |
| Aguinaldo mínimo provisionado | $315.04 × 15 días × 3.5 ÷ 12 | $1,378.30 |
| Prima vacacional mínima provisionada | $315.04 × 12 días × 25% × 3.5 ÷ 12 | $275.66 |
| Salario base integrado diario (SBID) de referencia | $315.04 + [$315.04 × (15 + 12 × 25%) ÷ 365] | $330.58 diarios |
| Aportación patronal Infonavit | $330.58 × 365 ÷ 12 × 3.5 × 5% | $1,759.63 |
| Subtotal legal calculable | $33,538.65 + $1,378.30 + $275.66 + $1,759.63 | $36,952.24 |
Los artículos 76, 80 y 87 de la Ley Federal del Trabajo sostienen los mínimos de doce días de vacaciones al cumplir el primer año, prima vacacional de 25% y aguinaldo de quince días. El salario mensual ordinario ya remunera el periodo de vacaciones; la tabla no lo duplica. La cifra de prima es una provisión mínima para quien ya cumple ese año de servicios.
La aportación al Infonavit sí tiene un porcentaje legal: el artículo 29, fracción II, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ordena al patrón determinar y pagar 5% sobre el salario de sus trabajadores y remite a la Ley del Seguro Social para integrar la base. El SBID de $330.58 sólo transparenta la fórmula empleada para esa aportación mínima; no sustituye la nómina real de cada patrón.
Los renglones sin tasa uniforme deben quedar fuera del subtotal
El subtotal de $36,952.24 no equivale al precio terminado de una caseta. Las cuotas patronales del IMSS quedan fuera porque cambian, entre otros factores, con el salario base de cotización, la clasificación del patrón y su prima de riesgo. La Ley del Seguro Social obliga a registrar a las personas trabajadoras, comunicar movimientos salariales y determinar y enterar cuotas, pero no entrega una tasa única que pueda aplicarse sin esos datos del empleador.
También quedan fuera los relevos adicionales para vacaciones e incapacidades no programadas, así como uniforme, radio, linterna y demás equipo. La división 168 ÷ 48 cubre las horas ordinarias; no financia a la persona que físicamente cubre el acceso cuando alguien se ausenta. Atribuir a cualquiera de esos renglones un porcentaje fijo daría una precisión aparente, no una cifra verificable.
El cumplimiento estatal existe aunque el Reglamento no le asigne una tarifa
El Reglamento para el Registro y Revalidación de Empresas de Seguridad Privada en el Estado de Zacatecas obliga a integrar para el personal operativo carta de antecedentes no penales, examen antidoping y fotografía, además de los demás datos del expediente (artículo 15, fracción II). Son comprobaciones y administración de expedientes que demandan recursos, pero el Reglamento no fija cuánto cuesta realizarlas ni cuánto debe trasladarse a cada puesto.
La misma norma exige presentar a la Dirección, durante los primeros cinco días hábiles de cada mes, copia del informe de altas y bajas del personal operativo (artículo 16, fracción XI). Además, pide cursos acordes con la modalidad autorizada y en derechos humanos, por lo menos una vez al año, acreditados mediante constancias de habilidades laborales conforme a las disposiciones de la STPS (artículo 24). El programa permanente y las constancias con nombre, fecha y duración —incluidos los formatos DC-3 cuando correspondan— forman parte de los requisitos documentales del artículo 15, fracción X.
Para el condominio, esas obligaciones no autorizan a inventar un cargo administrativo. Sí justifican pedir que la propuesta identifique, sin exhibir datos personales de la plantilla, si contempla inducción y capacitación anual, administración de movimientos de personal y reposición de los elementos que el puesto necesita. Una tarifa extraordinariamente baja puede ocultar esos procesos; la fuente no permite calcular su monto, de modo que deben quedar descritos en el alcance contractual y no añadidos como una estimación sin base.
La responsabilidad solidaria no crea una fianza cuantificable
El Capítulo XIX de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Zacatecas y el Reglamento de 2018 revisados no fijan fianza, monto, múltiplo de UMA, fórmula ni beneficiaria para autorizar o revalidar a la empresa. En consecuencia, no hay una cifra oficial de fianza que pueda integrarse al presupuesto de un puesto continuo.
El Reglamento sí ordena al prestador responder solidariamente por los daños y perjuicios que cause su personal a usuarios o terceros (artículo 16, fracción IX). Esa responsabilidad no es una póliza, no establece por sí misma una suma asegurada y no equivale a una garantía financiera disponible para el condominio. Cuando no existe un piso estatal cuantificado, el contrato es el documento que debe precisar, si se pactan, una pena convencional, seguro de responsabilidad civil, retención u otra garantía: importe, beneficiario, vigencia, exclusiones y procedimiento para hacerla exigible. Ninguna de esas partidas debe presentarse como si fuera una fianza determinada por la autoridad zacatecana.
El presupuesto debe enlazar la caseta con su evidencia de cumplimiento
SEPRICO no opera guardias propios en Zacatecas; su operación con personal propio se limita a Ciudad de México y Estado de México. Esta guía ofrece criterios regulatorios y laborales para que comités y administraciones revisen propuestas de proveedores locales.
Antes de firmar, incorpora al anexo económico la dotación de 3.5 equivalentes, el subtotal legal calculable, los rubros que el proveedor cotiza por separado y la evidencia contractual de capacitación, movimientos de personal y garantía pactada. Así, el precio de la caseta puede cotejarse con las obligaciones que realmente debe sostener, sin atribuir a la ley una fianza o una cuota de IMSS que no publica.
Fuentes oficiales: Resolución de salarios mínimos generales y profesionales 2026, DOF 09-12-2025; Decreto de reducción gradual de la jornada laboral, DOF 01-05-2026, transitorios segundo y tercero; Reglamento para el Registro y Revalidación de Empresas de Seguridad Privada en el Estado de Zacatecas, P.O. 18-08-2018, arts. 15, 16 y 24; Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Zacatecas, Capítulo XIX, arts. 119 a 124; Ley Federal del Trabajo, arts. 76, 80 y 87; Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, art. 29; Ley del Seguro Social, art. 15. Consulta de fuentes primarias: 01-09-2026.