Marco legal verificado en fuente primaria
Cada dato de esta guía se leyó en el texto de la norma, no en un resumen. Donde no pudimos verificar algo, lo decimos.
Marco regulatorio de la seguridad privada en
Un permiso estatal puede existir y, aun así, la ruta para verificarlo no estar escrita completa en una sola norma. En Tlaxcala, la Ley vigente ordena autorización por la Secretaría de Seguridad Ciudadana, pero remite requisitos, revalidación y vigencia a una Ley de Servicios Privados que fue abrogada. El punto de partida de un comité no es completar ese vacío con una ficha antigua: es pedir el acto administrativo vigente y cotejarlo con el contrato y el puesto que se cubrirá.
Esta guía revisa la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, el decreto oficial que abrogó en 2014 la ley especial a la que aquélla aún remite, el Código Financiero, la Ley de Propiedad en Condominio, ENVIPE 2025 y la resolución salarial federal. Separa los deberes que sí están publicados de los datos que deben confirmarse por escrito con la autoridad.
SEPRICO no opera guardias en Tlaxcala: nuestra operación con personal propio se limita a Ciudad de México y Estado de México. Esta página es documentación regulatoria para que comités y administradores contrasten a un proveedor local antes de contratarlo.
Cobertura operativa: SEPRICO presta servicio de vigilancia con personal propio únicamente en la Ciudad de México y el Estado de México. Esta guía de Tlaxcala es informativa y regulatoria: está hecha para que verifiques a cualquier proveedor de la entidad, no para venderte un servicio que no operamos ahí.
Cada guía responde una pregunta concreta que un comité o un administrador se hace antes de firmar un contrato de vigilancia.
Dos cubren el marco legal, una el costo real del servicio, una el perfil y el sueldo del personal, una el panorama con datos oficiales y una el esquema corporativo multisede.
Marco legal Qué obliga la norma local al administrador, qué mayoría exige la asamblea y hasta dónde llegan sus facultades para contratar vigilancia.
Leer la guía
Verificación Quién emite el permiso en la entidad, cuánto dura, cuándo se refrenda y cómo comprobar que tu proveedor está autorizado.
Leer la guía
Presupuesto Cómo se integra realmente la tarifa: piso salarial, factor IMSS, supervisión y margen. Qué esconde una cotización barata.
Leer la guía
Personal Piso salarial legal aplicable, qué exige la entidad al personal operativo y qué certificación sí es verificable.
Leer la guíaLa decisión de seguridad en un condominio tlaxcalteca tiene dos expedientes que se tocan sin confundirse: el acta de Asamblea determina el gasto, las áreas y la supervisión; la autorización estatal acredita que el proveedor puede prestar el servicio. Cuando la norma deja incompleto el procedimiento administrativo, esa separación se vuelve todavía más importante: el comité no expide permisos, pero sí puede exigir que el proveedor muestre el suyo con fecha, razón social y alcance verificables.
36.9%
Hogares con al menos una víctima de delito
54.4%
Percibe inseguro vivir en su colonia
91.9%
Delitos sin denuncia ni carpeta de investigación
34.2%
Del gasto por costos del delito son medidas preventivas
Ficha completa de la entidad en el PDF oficial de ENVIPE (INEGI).
Contraste entre entidades
Las mismas cuatro lecturas de la ENVIPE, en las entidades que ya tenemos documentadas. Sirven para dimensionar, no para rankear: cada estado tiene una estructura de vivienda y de denuncia distinta.
ENVIPE 2025, INEGI · datos referidos a 2024; 146,513 hogares de 396,869 estimados
ENVIPE 2025, INEGI · entorno más cercano, colonia o localidad; levantamiento marzo-abril 2025
ENVIPE 2025, INEGI · cifra oculta, datos 2024
ENVIPE 2025, INEGI · datos referidos a 2024
Cómo leer la cifra oculta. Es la proporción de delitos que no derivó en denuncia ni en carpeta de investigación. Ronda el 90% en todo el país, y por eso la estadística de denuncias del Secretariado Ejecutivo describe menos de la décima parte del fenómeno. La ENVIPE pregunta directamente a los hogares, hayan denunciado o no: son dos mediciones distintas y conviene citar las dos.
La ENVIPE 2025 estima que 36.9% de los hogares tlaxcaltecas tuvo al menos una víctima de delito durante 2024: 146,513 de 396,869 hogares estimados. Es una estimación de hogares afectados; no es un conteo de denuncias ni una medición del número de incidentes de un condominio.
Para el entorno inmediato, 54.4% de la población de 18 años y más considera insegura su colonia o localidad. La percepción para la entidad federativa completa es 77.3%. Son preguntas de escala distinta: la primera sirve para describir el entorno cercano y la segunda no debe cambiarle la etiqueta.
La cifra oculta alcanza 91.9% de los delitos de 2024: no se denunció el hecho o no se inició una carpeta de investigación. Una bitácora de accesos no reemplaza la denuncia; conserva hora, identidad declarada, vehículo, instrucción y respuesta para que el hecho pueda reconstruirse después.
El costo estimado por inseguridad y delito en hogares fue de 3.5 mil millones de pesos y 34.2% correspondió a medidas preventivas. La ENVIPE incluye alarmas, seguros y vigilancia privada en calle o colonia. Ese gasto ayuda a entender una discusión presupuestal; no acredita la autorización de una empresa.
Tlaxcala no tiene ley estatal específica de seguridad privada: la materia se regula por reglamento derivado de su ley de seguridad pública. Es una distinción que buena parte del sector cita mal.
Los datos de esta tabla se leyeron en el texto de la norma, no en un resumen comercial.
| Norma aplicable | Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, Decreto 323, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 9 de febrero de 2024 y con última reforma publicada el 7 de octubre de 2025, Capítulo IX, arts. 79 a 82. El art. 82, fr. IV, remite requisitos, procedimientos, revalidación y vigencia a la Ley que Regula los Servicios Privados de Seguridad del Estado de Tlaxcala; el Decreto 59, publicado el 28 de noviembre de 2014, abrogó esa Ley especial desde el 31 de diciembre de 2014. |
|---|---|
| ¿Existe ley especial? | No — se regula por reglamento derivado de la ley estatal de seguridad pública |
| Autoridad que autoriza | La Ley de Seguridad Pública y Ciudadana define a la Secretaría como la Secretaría de Seguridad Ciudadana (art. 4, frs. XXVII y XXIX) y reserva a la persona titular del Poder Ejecutivo, por conducto de ella, aprobar la autorización y llevar el registro (art. 82, fr. I). La Secretaría también verifica el funcionamiento y capacidad del personal mediante la persona que designe (art. 82, fr. III), solicita documentos a terceros para planear visitas (art. 81) y sanciona a quien opere sin autorización o incumpla requisitos (art. 82, fr. VII). |
| Vigencia de la autorización | El Capítulo IX de la Ley vigente no fija una duración individual del acto. El Código Financiero estatal conserva el cobro por refrendo anual de autorización de funcionamiento, pero la Ley que debía señalar vigencia y revalidación fue abrogada en 2014. El refrendo anual no permite asignar por inferencia una fecha de vencimiento a un permiso concreto: debe pedirse el acto estatal vigente y su fecha exacta. |
| Plazo de revalidación | No se localizó un plazo legal vigente verificable. Una ficha administrativa de transparencia correspondiente a 2023 todavía menciona prevención en ocho días naturales y subsanación en quince, pero no aporta una norma vigente que sustituya la remisión del art. 82, fr. IV, a la Ley abrogada. Se declara como referencia administrativa histórica, no como plazo que el comité pueda calcular por sí solo. |
| Última reforma | El texto consolidado oficial identifica la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana como Decreto 323, publicado el 09-02-2024, con última reforma publicada el 07-10-2025; los arts. 79 y 80 fueron reformados en esa fecha. El Decreto 59 del Periódico Oficial 16 Extraordinario de 28-11-2014 abrogó desde el 31-12-2014 la Ley que Regula los Servicios Privados de Seguridad, publicada originalmente el 27-10-2004. No se localizó en las fuentes primarias consultadas una ley especial nueva ni un reglamento publicado que complete esa remisión. |
Particularidades de Tlaxcala
padronUrl. Régimen de doble autorización
La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública publicada en 2025 estableció que una empresa que presta servicios en dos o más entidades federativas requiere tanto la autorización federal de la SSPC como la de cada entidad local. Antes se leía como una u otra; ahora se suman. Si tu proveedor opera fuera de Tlaxcala, verifica que tenga las autorizaciones de todas las entidades donde presta servicio.
Ninguna de estas columnas es igual en todas las entidades. Esa es exactamente la razón por la que la documentación de un estado no sirve para otro.
Tabla generada desde las guías estatales publicadas: cuando una se actualiza, este contraste se actualiza con ella.
| Entidad | ¿Ley especial? | Quién autoriza | Vigencia | Revalidación | Norma condominal | ¿Nombra la seguridad? | ¿Suspender al moroso? | ZLFN |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Aguascalientes | Sí | Departamento bajo el Estado Mayor | Anual | 30 días hábiles previos | Código Urbano del Estado, arts. 459-529 (no hay ley especial de condominios) | Sí | Sí | No |
| Baja California | No — reglamento | Dirección estatal, con opinión municipal | Anual | 60 días naturales | Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles (2004, últ. 2017) | Sí | Sí | 7 municipios |
| Ciudad de México | Sí | Dirección General de Seguridad Privada, SSC-CDMX | Un año | 30 días hábiles previos | Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, Gaceta Oficial del DF núm. 1021, 27-01-2011; última reforma 04-08-2023, arts. 32, 33, 43, 53, 55, 56, 59, 87 y 88 | Sí | No | No |
| Estado de México | Sí | Departamento de Autorización y Revalidación | Dos años | 30 días hábiles previos | Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de México (Decreto 59, 11-04-2002; última reforma Decreto 258, 29-04-2024; arts. 28, 29, 31, 32 y 36) | Sí | No | No |
| Hidalgo | Sí | Unidad de Registro y Supervisión (SSP) | Anual | Al menos 30 días hábiles | Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles (2012; últ. reforma 18 de abril de 2024) | Sí | Sí | No |
| Morelos | Sí | Dirección General de Seguridad Privada | Anual | 30 días hábiles | Ley sobre el Régimen de Condominio de Inmuebles (1994; ult. reforma 2015) | No | No | No |
| Puebla | Sí | Secretaría de Seguridad Pública (resolución) | Anual | 30 días hábiles | Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio (2011, ult. 2021) | Sí | No | No |
| Tlaxcala esta guía | No — reglamento | Ejecutivo vía Secretaría de Seguridad Ciudadana | Refrendo anual; acto por confirmar | Sin plazo legal verificable | Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio de Bienes Inmuebles para el Estado de Tlaxcala (2016), arts. 42, 45, 50, 54, 58 y 68 a 70 | Sí | Sí | No |
Cada dato se leyó en el texto de la norma citada en la guía de su entidad, no en un resumen. La tabla se genera desde esas guías: cuando una se actualiza, esta tabla se actualiza con ella.
El orden importa: sin el primer paso, los cuatro siguientes se piden mal. Es el mismo método que aplicamos al revisar pliegos para nuestros propios clientes.
Tlaxcala no tiene ley especial: se regula por reglamento. Un proveedor que cite "la ley de seguridad privada" del estado está mal informado.
Emitida por La Ley de Seguridad Pública y Ciudadana define a la Secretaría como la Secretaría de Seguridad Ciudadana (art. 4, frs. XXVII y XXIX) y reserva a la persona titular del Poder Ejecutivo, por conducto de ella, aprobar la autorización y llevar el registro (art. 82, fr. I). La Secretaría también verifica el funcionamiento y capacidad del personal mediante la persona que designe (art. 82, fr. III), solicita documentos a terceros para planear visitas (art. 81) y sanciona a quien opere sin autorización o incumpla requisitos (art. 82, fr. VII).. Vigencia declarada: el capítulo ix de la ley vigente no fija una duración individual del acto. el código financiero estatal conserva el cobro por refrendo anual de autorización de funcionamiento, pero la ley que debía señalar vigencia y revalidación fue abrogada en 2014. el refrendo anual no permite asignar por inferencia una fecha de vencimiento a un permiso concreto: debe pedirse el acto estatal vigente y su fecha exacta..
Plazo aplicable: no se localizó un plazo legal vigente verificable. una ficha administrativa de transparencia correspondiente a 2023 todavía menciona prevención en ocho días naturales y subsanación en quince, pero no aporta una norma vigente que sustituya la remisión del art. 82, fr. iv, a la ley abrogada. se declara como referencia administrativa histórica, no como plazo que el comité pueda calcular por sí solo.. Un permiso sin refrendo vigente no habilita a operar.
Si el proveedor opera en dos o más entidades, desde 2025 necesita la federal de la SSPC además de cada autorización local.
Constancias DC-3 firmadas por agente capacitador con registro DC-5, exámenes anuales y altas de IMSS de los elementos asignados.
Lo que encontramos al verificar el marco de la entidad y que conviene tener presente antes de una licitación.
El artículo 82 de la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala contiene una instrucción precisa: el Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría, aprueba autorizaciones para empresas de seguridad privada y lleva su registro. En la fracción siguiente que importa para un expediente, el propio artículo manda a la Ley que Regula los Servicios Privados de Seguridad para conocer requisitos, procedimiento, revalidación, modificación y vigencia.
El problema no es de interpretación comercial. El Decreto 59 publicado en el Periódico Oficial abrogó expresamente esa Ley especial desde el 31 de diciembre de 2014. El texto vigente de la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana, publicado como Decreto 323 el 9 de febrero de 2024, conserva la remisión en su artículo 82, fracción IV, y señala como última reforma el 7 de octubre de 2025.
Esto no significa que una empresa pueda operar sin autorización. El artículo 79 exige la expedida por la Secretaría y el 82 permite verificar y sancionar. Significa algo más acotado: no hay base para presentar como regla vigente una duración, un plazo de revalidación, una lista exhaustiva de documentos o una fianza tomada de una ley que el propio Estado abrogó.
| Fecha | Documento oficial | Consecuencia para quien contrata |
|---|---|---|
| 27 de octubre de 2004 | Publicación de la Ley que Regula los Servicios Privados de Seguridad | Es el ordenamiento al que todavía alude la ley actual, pero ya no es el régimen vigente. |
| 31 de diciembre de 2014 | Entrada en vigor del Decreto 59 | Quedó abrogada la Ley especial y los permisos previos se finiquitarían conforme a la vigencia que cada uno tuviera. |
| 9 de febrero de 2024; última reforma 7 de octubre de 2025 | Decreto 323, Ley de Seguridad Pública y Ciudadana | La Secretaría conserva autorización, registro, verificación y sanción; el procedimiento detallado sigue remitido a la ley abrogada. |
La cronología explica por qué una copia con requisitos antiguos parece responder lo que el texto actual no desarrolla. También explica por qué no conviene descartar de entrada el permiso individual de un proveedor: los actos expedidos existen por su propia fecha y condiciones. Lo que no se puede hacer es convertir una ficha de años anteriores en la vigencia de todos los permisos actuales.
La Ley define los servicios de seguridad privada como actividades y medios humanos o materiales de personas legalmente autorizadas para protección, vigilancia y custodia de personas, información, bienes inmuebles, muebles o valores, además de sistemas y equipos de seguridad (artículo 79). Un puesto de acceso en áreas comunes entra en esa descripción de vigilancia de bienes inmuebles; el uniforme o la orden de puesto no amplían el alcance administrativo del prestador.
El artículo 82 coloca en el Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la autorización y el registro. También permite verificar el funcionamiento de la empresa y la capacidad de sus empleados, definir capacitación, requerir altas y bajas de personal y solicitar datos a terceros para preparar visitas (arts. 81 y 82). Esas facultades son verificables en la Ley; no son una certificación automática de cada guardia que aparezca en una cotización.
No se localizó un padrón público vigente que responda por razón social, modalidad, número de autorización y vencimiento. Por esa razón, el expediente del condominio debe conservar la copia del acto estatal que el proveedor exhiba, su razón social completa, modalidad, fecha de emisión y vencimiento, junto con el contrato. Si falta uno de esos campos, la confirmación corresponde pedirla por escrito a la Secretaría, no inferirla de una publicidad o de un documento histórico.
El Código Financiero disponible en la plataforma estatal de transparencia conserva derechos por refrendo anual de autorización de funcionamiento para prestar servicios de seguridad privada. Es un dato útil porque muestra que el trámite se maneja anualmente en la legislación fiscal.
Pero una cuota de refrendo no corrige por sí sola la remisión normativa. El Capítulo IX no dice que todo permiso venza en una fecha fija ni cuántos días antes deba pedirse la renovación. Una ficha administrativa de 2023 aún habla de solicitud escrita, prevención en ocho días naturales y subsanación en quince, pero no publica la disposición vigente que convertiría esos plazos en una regla general. La distinción protege tanto al comité como al proveedor: no se exige una fecha inventada, y tampoco se acepta una vigencia sin acto que la respalde.
La misma cautela aplica a la fianza. El texto vigente revisado no fija monto, UMA ni beneficiaria. Hay formatos de transparencia del marco anterior que mencionan $100,000, pero su antigüedad y su fundamento no bastan para declararlo requisito actual. Una póliza puede ser contractual o una condición del permiso individual; para saberlo hay que leer su cobertura, a favor de quién está emitida y la disposición vigente que la sustenta.
La Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio de Bienes Inmuebles para el Estado de Tlaxcala fue publicada el 8 de diciembre de 2016 y entró en vigor el 1 de enero de 2017. La Asamblea General toma sus resoluciones por mayoría simple de votos, salvo que la Ley, escritura constitutiva o reglamento interno exijan mayoría especial (artículo 42, fracción II).
Su artículo 45 nombra directamente la seguridad. La Asamblea puede establecer medios y medidas para la seguridad y vigilancia del condominio y la forma de participación de condóminos o poseedores, con apoyo eventual de la autoridad (fracción XIII). Además, aprueba el presupuesto de gastos, nombra o remueve al Comité de Vigilancia y puede crear comités de Seguridad y Protección Civil (fracciones VI y IX). El gasto de operación, conservación, vigilancia y mantenimiento de instalaciones y áreas comunes se cubre por los condóminos en los términos de la Ley (artículo 23, fracción V).
El Comité de Vigilancia no es una etiqueta opcional: la Ley ordena que todo condominio tenga uno de dos a cinco condóminos, con presidencia y vocalías (artículo 68). Su encargo es honorífico y anual (artículo 69); entre sus funciones, supervisa el desempeño de la administración, revisa documentación y reporta a la Asamblea (artículo 70). Puede vigilar cómo se cumple el contrato, pero no sustituye a la Secretaría para autorizar a la empresa.
La Asamblea puede resolver restringir energía eléctrica, gas y otros servicios cuando estén cubiertos por cuotas ordinarias que el condómino o poseedor dejó de pagar. La excepción está escrita en el mismo artículo 45, fracción XII: el agua potable no puede restringirse.
Para cobrar cuotas comunes, el artículo 58 contempla intereses y vía ejecutiva civil con la liquidación firmada y la documentación requerida, cuando existan al menos seis recibos pendientes. La ley también suspende a la persona morosa el voto —no la voz— en Asamblea, con las salvedades que señala el artículo 46. Ninguno de esos mecanismos convierte una instrucción de vigilancia en una sanción autónoma de la caseta.
En medio de este apartado se puede revisar el comparador de marcos estatales y la guía de documentación mínima para contratar seguridad en condominio. El acta debe conservar por separado el acuerdo de servicio, presupuesto y responsable de supervisarlo; el contrato, por separado, debe identificar a la empresa y el permiso que exhibió.
La ENVIPE 2025 estima que 36.9% de los hogares en Tlaxcala tuvo al menos una víctima de delito durante 2024: 146,513 de 396,869 hogares estimados. La cifra oculta fue 91.9%: son delitos sin denuncia o sin carpeta de investigación. Ambos datos explican por qué una bitácora con datos mínimos de acceso tiene valor para reconstruir un hecho, pero no la transforman en una denuncia ni en una autorización estatal.
Para el entorno cercano, 54.4% de la población de 18 años y más considera insegura su colonia o localidad; el dato de toda la entidad es 77.3%. Son escalas distintas. Una junta que usa la cifra estatal para describir una colonia pierde el dato que estaba tratando de discutir.
El costo de inseguridad y delito en hogares tlaxcaltecas se estimó en 3.5 mil millones de pesos durante 2024. Las medidas preventivas representaron 34.2% de ese gasto; la encuesta incluye instalar alarmas, contratar vigilancia privada en calle o colonia, seguros y otras medidas. El gasto preventivo aporta contexto presupuestal, no prueba que una empresa tenga permiso vigente.
La resolución de salarios mínimos de 2026 enumera los municipios de la Zona Libre de la Frontera Norte y no incluye municipios de Tlaxcala. Toda la entidad queda en la Zona del Salario Mínimo General: desde el 1 de enero de 2026, el piso es $315.04 diarios, equivalentes a $9,582.47 mensuales. Una tarifa de vigilancia debe explicar cómo cubre ese mínimo, relevos, prestaciones, supervisión y equipo; el importe no es una prueba de autorización.
En Tlaxcala, el acta de Asamblea puede definir vigilancia, áreas comunes, presupuesto y supervisión. La autorización estatal sigue siendo exigible, aunque el detalle de su procedimiento esté incompleto en las fuentes publicadas. Esa combinación hace que el documento individual del proveedor sea indispensable: debe verse su razón social, modalidad, fecha y condiciones, no una afirmación genérica de que está “regularizado”.
El cierre correcto del expediente no es una presunción. Es poder mostrar el acuerdo del condominio y el acto de la Secretaría que corresponde a la empresa contratada, y saber qué fecha deberá confirmarse antes de que llegue el siguiente vencimiento.
Fuentes oficiales: Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, Decreto 323, P.O. 09-02-2024; última reforma P.O. 07-10-2025 (arts. 4, 79 a 82 y transitorios); Decreto 59, P.O. 16 Extraordinario, 28-11-2014 (artículo octavo transitorio: abrogación de la Ley de Servicios Privados desde 31-12-2014); Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio, P.O. 08-12-2016 (arts. 23, 42, 45, 46, 58 y 68 a 70); Código Financiero estatal, refrendo anual; ficha administrativa 2023 de autorización; ENVIPE 2025, Tlaxcala, INEGI; resolución de salarios mínimos 2026, DOF 09-12-2025.
No es una landing comercial disfrazada de guía. Estos son los criterios con los que se escribió y los límites que nos pusimos.
Cada dato de esta guía se leyó en el texto de la norma, no en un resumen. Donde no pudimos verificar algo, lo decimos.
No operamos guardias en Tlaxcala y no lo fingimos. Esta guía sirve para que verifiques a cualquier proveedor de la entidad.
Cada estadística indica encuesta, año del dato y fuente. No publicamos números que no se puedan rastrear.
La ENVIPE mide lo que pasó; el Secretariado mide lo que se denunció. La brecha ronda el 90% y cambia cualquier diagnóstico.
Llevamos desde el año 2000 armando plantillas residenciales. Lo que aportamos es cómo se lee un pliego, no una lista de empresas.
Las guías están escritas para que un comité pueda llevarlas a la asamblea y sostener una decisión con fundamento.
Las preguntas que con más frecuencia hacen comités y administradores de la entidad al evaluar un proveedor.
Origins Private Security opera en el mercado mexicano de seguridad privada desde el año 2000, con foco exclusivo en condominios y residenciales de CDMX y Estado de México.
Cada implementación de la documentación de seguridad privada para Tlaxcala se ejecuta bajo permiso SSPC vigente, con personal certificado EC0060 y protocolos auditables documentados ante el comité.
SEPRICO (Origins Private Security) es una empresa mexicana de seguridad privada fundada en 2000, especializada en soluciones integradas para condominios verticales, fraccionamientos horizontales y residenciales premium en la Zona Metropolitana del Valle de México. Operamos bajo permiso de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, con personal capacitado bajo el estándar EC0060 de CONOCER y cumplimiento documentado de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Cobertura operativa